Municipalidad de San Juan Alotenango Sacatepéquez, Guatemala C.A. / Teléfono Directo IUSI: 7830 6368

El Impuesto Único Sobre Inmuebles, más conocido como IUSI (Decreto 15-98), es la contribución que los guatemaltecos dueños de inmuebles proporcionan al Estado y una de sus principales características es que la mayor parte de lo recaudado tiene como destino las municipalidades del país, como lo veremos más adelante.

De hecho, la mayoría de comunas ya lo recauda y administra, en tanto que para las otras, corre a cargo de la Dirección de Catastro y Avalúo de Bienes Inmuebles del Ministerio de Finanzas Públicas.

Según la ley, el impuesto recae sobre los inmuebles rústicos o rurales y urbanos, incluyendo el terreno, las estructuras, construcciones e instalaciones del inmueble y sus mejoras, así como los cultivos permanentes (los que tengan un término de producción superior a tres años). Asimismo, el incremento o decremento determinado por factores hidrológicos, topográficos, geográficos y ambientales, su naturaleza urbana, suburbana o rural, población, ubicación, servicios y otros.

No se debe incluir la maquinaria o equipo y para las propiedades rústicas o rurales, tampoco se deben incluir las viviendas, escuelas, puestos de salud, dispensarios u otros centros de beneficio social.

Las tasas del impuesto

Para determinar el impuesto anual sobre inmuebles se establecen las escalas y tasas siguientes: 

ESCALATASA
Hasta Q2,000.00Exento
De Q2,000.01 a Q20,000.002 por millar
De Q20,000.01 a Q70,000.006 por millar
De Q70,000.01 en adelante9 por millar

Los propietarios de inmuebles tienen la opción de pagar el impuesto una vez al año, o bien fraccionar el pago en cuatro partes iguales, que deberá cancelar así: la primera cuota en abril, la segunda en julio, la tercera en octubre y la cuarta en enero. También se podrá pagar uno o más trimestres (hasta cuatro) por adelantado. Los propietarios de inmuebles tienen la opción de pagar el impuesto una vez al año, o bien fraccionar el pago en cuatro partes iguales, que deberá cancelar así: la primera cuota en abril, la segunda en julio, la tercera en octubre y la cuarta en enero. También se podrá pagar uno o más trimestres (hasta cuatro) por adelantado.

Si alguien está atrasado y adeuda el impuesto por más de cuatro trimestres y las multas respectivas (20% sobre la cantidad adeudada), podrá pedir facilidades de pago en cuotas mensuales, hasta un máximo de 12 meses.

Si desea obtener Estado de Cuenta del Impuesto de su propiedad puede llenar el siguiente formulario y a la brevedad estaremos enviando la información a su correo electrónico. Únicamente para las propiedades registradas y ubicadas en el sistema de la Municipalidad de San Juan Alotenango, Sacatepéquez,

Descargas / Como herramientas que ayuden a realizar más rápido los procesos del IUSI ponemos a su disposición los siguientes archivos: